Captación y difusión de imágenes

12/02/2026

📸 Captación y difusión de imágenes en eventos (Carnaval y similares)

La normativa diferencia claramente entre el uso educativo interno y la difusión pública:

  • Uso educativo Interno: El centro está legitimado para grabar imágenes con fines exclusivamente educativos (evaluaciones, tareas docentes) sin necesidad de consentimiento previo. En este caso, las imágenes solo pueden estar disponibles para el alumnado implicado y el profesorado.

  • Eventos y celebraciones (carnaval): La grabación de eventos con fines de difusión (web del centro, revista, redes sociales) no se considera un fin meramente educativo y requiere el consentimiento explícito de los interesados o sus tutores.

  • Consentimiento: * Menores de 14 años: Deben firmar los progenitores o tutores legales.

    • Mayores de 14 años: Es el propio alumno o alumna quien otorga el consentimiento.

  • Grabaciones por familiares: Los familiares pueden grabar en eventos abiertos siempre que sea para uso personal y doméstico (ámbito privado). Se debe informar (por ejemplo, mediante cartelería) que queda prohibida la difusión de estas imágenes en redes sociales o mensajería instantánea fuera del ámbito privado.

  • Recomendación de seguridad: Se desaconseja publicar fotos de menores en abierto. Si se hace, es preferible que aparezcan de espaldas o con rostros pixelados para que no sean reconocibles.

🎵 Uso de canciones con copyright

El uso de música protegida por derechos de autor en el ámbito educativo genera frecuentemente dudas sobre su legalidad:

  • Derechos de autor: No se pueden usar canciones con copyright para su difusión pública (vídeos en redes sociales, YouTube o web del centro) sin la autorización de los titulares de los derechos.

  • El "mito" de los segundos: No existe un número de segundos (9, 15, 20 o 30) que permita legalmente el uso de una canción sin autorización. La creencia de que usar un fragmento corto evita la infracción es un error extendido; cualquier uso de una obra protegida requiere permiso previo.

  • Excepción : La Ley de Propiedad Intelectual permite el uso de pequeños fragmentos (cita o ilustración) estrictamente para el análisis o comentario dentro del aula, pero no para la creación de contenidos audiovisuales destinados a ser difundidos públicamente en internet.

  • Alternativas seguras: Se recomienda utilizar música de dominio público o con licencias Creative Commons que permitan el uso no comercial, o bien las bibliotecas de audio gratuitas que ofrecen plataformas como YouTube o Instagram para sus propios servicios.

📋 Resumen de instrucciones para el profesorado

  1. Verificar consentimientos: Antes de cualquier evento, confirmar que se dispone de las autorizaciones firmadas (Anexo I del protocolo) para la finalidad específica de difusión.

  2. Informar a las familias: Colocar carteles (Anexo II) avisando que las grabaciones que realicen son solo para uso doméstico y no pueden subirse a redes sociales.

  3. Priorizar espacios privados: Si se comparten fotos, hacerlo preferiblemente en entornos con contraseña (como Liferay o plataformas internas del centro).

  4. Música sin copyright: Para vídeos que se vayan a publicar, evitar canciones comerciales y usar solo música libre de derechos para evitar el bloqueo del contenido o infracciones legales.